Hipotecas para personas y para entidades jurídicas. ¿Qué diferencias existen?

January 17, 2022

Al momento de solicitar un crédito hipotecario a una entidad financiera puede que tengas la interrogante entre si existe alguna diferencia entre hipoteca para personas y entidades jurídicas.

Si eres dueño de una empresa quizás quieras conocer si te resulta más beneficioso solicitar el crédito a tu nombre o a nombre de tu empresa. ¿Son los mismos requisitos? ¿Obtendrás mejores beneficios? En Prestalo te ayudamos a aclarar estas y otras dudas respecto a este tema.

Crédito hipotecario

Para iniciar, una hipoteca es un crédito que el banco otorga a una persona, natural o jurídica estableciendo como garantía la propiedad de un inmueble. El deudor firma un documento donde si no se cumple con el pago, el banco puede quedarse con la propiedad hipotecada durante la constitución del crédito.

Por lo general los intereses son más bajos que en el resto de préstamos que ofrece el banco, y los plazos son más largos pues existe una garantía real. En otras palabras, el banco tiene asegurado que de una u otra manera recuperará el dinero otorgado.

Hasta este punto no existe ninguna diferencia entre hipotecas para personas y entidades jurídicas, puesto que sea cual sea el deudor, la misma se ejecutará siguiendo los mismos procedimientos.

Diferencia entre hipotecas para personas y entidades jurídicas

Lo primero es tener claras las diferencias entre las personas naturales y las jurídicas y luego pasar a las implicaciones al momento de solicitar una hipoteca.

Personas naturales y jurídicas

Las personas naturales son todos aquellos individuos, seres humanos, que gozan dela posibilidad de ejercer sus derechos y contraer obligaciones en el mundo jurídico.

Por otra parte, a las empresas, instituciones, fundaciones e incluso entes gubernamentales se les crea con su constitución una ficción de personalidad jurídica. Esta personalidad jurídica les permite contraer derechos y obligaciones como una unidad, diferenciada de los individuos que la integran.

Al poder tener derechos y obligaciones, no existe ningún inconveniente en que una empresa pueda figurar como deudora ante una entidad financiera.

Enel primer supuesto la persona se hará responsable de forma individual ante la entidad bancaria. Mientras que en el caso de las personas jurídicas las mismas responderán no con el patrimonio de sus miembros sino con el de la empresa.

Requisitos

La cantidad de recaudos que son solicitados en las entidades bancarias es la principal diferencia entre hipotecas para personas y entidades jurídicas. Aunque la verdad esencialmente se trata de lo mismo, solo que con las distinciones naturales.

Por ejemplo, en cuanto a la identificación en el caso de las personas naturales se tratará de algo bastante simple, pero con las empresas deberán presentar su documento constitutivo.

En ambos casos se requerirá que se presenten documentos para demostrar la la capacidad económica y solvencia con hacienda. Pero en el caso de las empresas estas también deben demostrar estar al día con pagos de seguridad social.

Intereses

El establecimiento de los intereses depende de factores como el monto a financiar, plazo solicitado, solvencia económica, entre otras, como en el caso de las hipotecas verdes. Así que, estos pueden variar independientemente de si se trata de una persona o de una entidad.

Si deseas saber más respecto a qué tipo de financiamiento puede convenirte más puedes contactarnos y estudiaremos tu caso con el mayor detalle.

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